Condiciones de afiliación

Las presentes Condiciones Generales de Uso (en adelante, las ā€œCondiciones Generalesā€) regulan la relación contractual entre Ferber Enterprises OÜ, con domicilio social en TornimƤe tn 5, 10145, Tallin, Estonia, inscrita en el Registro Mercantil de Estonia con el nĆŗmero 17475718, con nĆŗmero de IVA intracomunitario europeo EE102979314 (en lo sucesivo, el ā€œComercianteā€ o ā€œnosotrosā€), y cualquier persona fĆ­sica o jurĆ­dica que acceda al Programa de Afiliados como socio promocional (en lo sucesivo, el ā€œAfiliadoā€ o ā€œustedā€).

La participación en el Programa de Afiliación implica la aceptación plena, completa e incondicional por parte del Afiliado de las presentes Condiciones Generales. En caso de que el Afiliado no acepte expresa y plenamente las presentes condiciones, le queda terminantemente prohibido inscribirse o participar en dicho Programa bajo cualquier forma.

Artículo 1. Aprobación o denegación del registro

El Comerciante se reserva expresamente el derecho discrecional, sin necesidad de justificación alguna, de aceptar o rechazar cualquier solicitud de afiliación al Programa de Afiliados. El Comerciante no ser- responsable de ning½n perjuicio, daƒo directo o indirecto, o pƈrdida de oportunidad resultante de dicho rechazo. El Afiliado renuncia expresamente a cualquier acción, reclamación o recurso contra el Comerciante en caso de que su solicitud sea rechazada.

ArtĆ­culo 2. Responsabilidad Responsabilidad

Cualquier acto, publicación, declaración o comportamiento susceptible de daƱar la reputación, la imagen, los derechos, los intereses o la credibilidad del Comerciante, su sociedad matriz, filiales o socios comerciales, ya se cometa directa o indirectamente, intencionadamente o no, durante la vigencia del Programa o dentro de los diez (10) aƱos siguientes a su terminación, darĆ” lugar a que el Afiliado deba pagar, como clĆ”usula penal, una indemnización a tanto alzado e irreductible de cien mil euros (100.000 €), sin perjuicio de los daƱos y perjuicios adicionales que el Comerciante pueda reclamar en concepto de compensación por el daƱo sufrido.

Artículo 3. Enlaces de afiliación y cupones

Se genera automÔticamente un enlace de afiliado único para el afiliado con fines de seguimiento y atribución de comisiones. El afiliado también puede crear enlaces específicos a determinados productos, colecciones o pÔginas. Si un usuario hace clic sucesivamente en varios enlaces de afiliado, solo se conservarÔ a efectos de remuneración la última interacción vÔlida.

Los códigos promocionales personales pueden asignarse al afiliado de acuerdo con los términos definidos en su panel de control personal. Si un cliente utiliza simultÔneamente un enlace de afiliado y un código promocional vinculado al Afiliado, sólo se contabilizarÔ una comisión, quedando excluida cualquier doble remuneración. Si no se asigna explícitamente ningún código, queda estrictamente prohibido cualquier uso o promoción de dicho código por parte del afiliado.
El Afiliado estƔ autorizado a promocionar los productos o servicios del Comerciante a travƩs de diversos canales, incluidos, entre otros, plataformas digitales (Facebook, Instagram, etc.), sitios de anuncios clasificados, medios impresos o cualquier otro medio publicitario lƭcito.

ArtĆ­culo 4. Comisiones y pago

El afiliado tendrÔ derecho a percibir una comisión por cualquier transacción realizada por un cliente remitido a través de su enlace de afiliado, siempre que dicho pedido esté definitivamente validado y no sea objeto de ninguna cancelación, disputa, devolución de cargo o solicitud de reembolso.

El importe de la comisión se determina en función de la estructura de tarifas aplicable, disponible en todo momento en el panel de control. El cÔlculo se realiza sobre el importe neto del pedido, excluidos impuestos, gastos de envío y otros cargos accesorios.

El afiliado deberƔ facilitar, a travƩs de la interfaz designada, los datos bancarios o identificadores necesarios para recibir los pagos. El pago de los importes adeudados se realiza de acuerdo con el calendario estipulado en la Guƭa del Afiliado. Las transacciones fraudulentas o que infrinjan las normas del Programa no podrƔn ser objeto de pago.

ArtĆ­culo 5. Herramienta de marketing

El Comerciante pone a disposición del Afiliado, a través de un espacio dedicado, elementos publicitarios (banners, logotipos, visuales de campaña, etc.). Estos elementos pueden utilizarse exclusivamente en el marco del Programa, de conformidad con las condiciones establecidas por el Comerciante. Queda prohibido cualquier uso indebido, modificación no autorizada o distribución a terceros.

ArtĆ­culo 6 Red

Cuando la opción "Red" estÔ activada, el afiliado estÔ autorizado a remitir a otros afiliados en sentido descendente. El enlace de referencia se proporciona a través del Ôrea personal del afiliado. Si un afiliado descendente genera ventas a través de sus propios canales, el afiliado ascendente podrÔ recibir una comisión denominada "de red", sujeta a los parÔmetros aplicables.
Cada nuevo afiliado registrado de esta forma debe utilizar el enlace de red para garantizar una atribución correcta en el sistema del comerciante.

ArtĆ­culo 7 Cookies

El seguimiento de las actividades generadoras de comisiones se basa en el uso de cookies. Es responsabilidad del Afiliado informar a los usuarios finales de esta condición, en cumplimiento de las leyes de protección de datos.

Si el usuario final rechaza o borra las cookies, no podrÔ realizarse ningún seguimiento, lo que excluye cualquier derecho a remuneración. El periodo de validez de la cookie se especifica en el momento del registro del Afiliado y entra en vigor a partir del primer clic en el enlace o uso del cupón.

ArtĆ­culo 8. Orden de los productos libres

Cualquier pedido de productos gratuitos por parte del Afiliado conlleva la obligación de publicar, en un plazo de siete (7) días a partir de la recepción, contenido promocional sustancial (como un vídeo, un artículo de blog, un post en redes sociales, etc.). En caso de retraso, se aplicarÔ automÔticamente una penalización de cincuenta dólares estadounidenses (USD 50) por día, deducible de cualquier posible ganancia.

Si la publicación promocional no se realiza en un plazo mÔximo de veintiocho (28) días, el Programa de Afiliados se considerarÔ terminado a iniciativa del Afiliado. Este último deberÔ reembolsar el valor público total de los productos recibidos, así como una penalización fija por terminación de mil cuatrocientos euros (EUR 1,400).

La retirada no autorizada de contenidos promocionales ya publicados se considerarÔ como una rescisión iniciada por el Afiliado, con las mismas consecuencias económicas.

Artƭculo 9. ClƔusula de no competencia ClƔusula de no competencia

Durante todo el perĆ­odo de participación en el Programa y por un perĆ­odo posterior de un (1) aƱo tras su terminación, el Afiliado tiene terminantemente prohibido promocionar, directa o indirectamente, cualquier producto o servicio que compita con los del Comerciante. El incumplimiento de esta clĆ”usula acarrearĆ” una multa fija e inaplazable de veinte mil euros (20.000 €) por cada infracción probada.

Artículo 10. Plazo de promoción

A partir de la fecha de aprobación de la inscripción, el Afiliado dispone de un plazo improrrogable de veintiocho (28) dĆ­as para publicar al menos una comunicación pĆŗblica promocionando la marca del Comerciante. En ausencia de dicha promociƛn en dicho plazo, el Programa se considerar- autom-ticamente finalizado por culpa exclusiva del Afiliado.

Artículo 11. Rescisión Rescisión

Cualquier terminación, ya sea iniciada por el Afiliado o por el Comerciante, darÔ lugar al pago de una indemnización compensatoria a tanto alzado de mil cuatrocientos euros (EUR 1.400), sin perjuicio de las cantidades ya recibidas o adeudadas en concepto de comisiones. Esta indemnización podrÔ deducirse de futuros ingresos o requerir su reembolso en caso de saldo insuficiente.

En su caso, el afiliado reembolsarÔ también el precio público íntegro de los productos gratuitos recibidos anteriormente. La finalización del Programa no exime al afiliado de sus obligaciones anteriores, en particular las relativas a las clÔusulas de no competencia y confidencialidad.

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